Vientres de Alquiler
El llamado “vientre de alquiler” es un medio que utilizan numerosas parejas para tener hijos cuando ellos por diversos motivos están incapacitados para gestar un bebé. Este medio consiste en que una mujer arrienda su vientre para gestar a un bebé que no es propio, recibiendo a cambio una remuneración económica. A veces además de alquilar el vientre ella proporciona sus propios óvulos, los cuales son fecundados in vitro por los espermios del futuro padre que solicita el servicio, en otras ocasiones sólo se introduce en el útero de la madre de alquiler el producto de la fertilización in vitro del óvulo y el espermio de la pareja que alquila el vientre. Luego de la gestación la madre de alquiler al momento de dar a luz entrega el bebé a la pareja que contrató el servicio. En Chile no es una situación legal, por considerarse una práctica que podría atentar contra la dignidad humana. Sin embargo, existen vacíos legales que permitirían ejecutar esta práctica libremente y sin regulación alguna sin que exista una violación a la ley.
Como grupo creemos que esta práctica puede ser mirada desde diversos puntos de vista. Para algunos puede considerarse como un acto despreciable, en el cual se vende lo más valioso que una mujer puede vivir que es la gestación de un hijo. Para otros en cambio, puede ser considerado como un gran acto de bondad y amor ya que se le da la oportunidad a una pareja de tener un hijo y formar la familia que tanto desean. Sea cual sea la mirada en relación a los llamados “vientres de alquiler” creemos que es fundamental que exista una regulación legal al respecto, ya que es necesario por sobre todo resguardar la seguridad del bebé que se está gestando. ¿Qué ocurre por ejemplo si el bebé viene con alguna mal formación y los padres que solicitaron el servicio lo rechazan? ¿Qué se hace si la madre de alquiler decide no entregar al bebé al momento del parto? Creemos que estas son situaciones en las cuales NO puede existir un vacío legal al respecto, ya que se trata de la vida de niños indefensos y la ley DEBE resguardarlos. Si miramos este tipo de actuar desde el punto de vista de Enfermería, creemos que nuestra labor se basa en aconsejar -y nunca juzgar- a la pareja que decide contratar el servicio, sobre las distintas alternativas que poseen para tener un hijo, sobre los pro y los contra de cada una de ellas, para que así ellos logren tomar una decisión teniendo conocimientos al respecto y sabiendo a lo que se exponen al realizar este tipo de prácticas. En relación a las madres de alquiler nuestra labor se basa en entregarles, sin ningún tipo de juicio, los cuidados pertinentes a su embarazo sin discriminación y de la misma forma en que se los entregaríamos a una madre “verdadera”, además de educarlas en relación a los temas relevantes que necesita conocer para tener una gestación sin dificultades.
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